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LA VANGUARDIA - 21/7/2010
El TS aclara que su nueva doctrina sobre el jurado popular no puede aplicarse al caso Fago
El Supremo ha establecido hoy que su nueva doctrina sobre a Ley del Jurado, en la que se aclara que asuntos deben ser llevados ante esta institución y cuáles a un tribunal convencional, no tiene carácter retroactivo, por lo que todo indica que los cinco masgistrados de este órgano encargados de estudiar el 'caso Fago' desestimarán el recurso interpuesto por el agente forestal Santiago Mainar, condenado a 20 años y nueve meses de cárcel como autor del crimen por la Audiencia Provincial de Huesca.
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